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publisher: AstroKube
methodology: https://ai-act.astrokube.com/about/
source_verified_on: '2026-09-15'
site_content_updated_on: '2026-09-15'
title: 'Artículo 77: Poderes de las autoridades encargadas de proteger los derechos… | Reglamento de IA | AstroKube'
description: 'Artículo 77, Reglamento de IA: 1. Las autoridades u organismos públicos nacionales encargados de supervisar o hacer respetar las obligaciones contempladas…'
language: es
source: https://ai-act.astrokube.com/es/law/art-77/
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3.  Artículo 77

Capítulo IX · Sección 3 · Garantía del cumplimiento

# Artículo 77 — Poderes de las autoridades encargadas de proteger los derechos fundamentales y cooperación con las autoridades de vigilancia del mercado

⟲ Modificado · Reglamento (UE) 2026/1744

▼ Texto primario, literal. Nuestras anotaciones aparecen más abajo, visiblemente separadas.

[1\.](https://ai-act.astrokube.com/es/law/art-77/#p-1) Las autoridades u organismos públicos nacionales encargados de supervisar o hacer respetar las obligaciones contempladas en el Derecho de la Unión en materia de protección de los derechos fundamentales, incluido el derecho a la no discriminación, tendrán el poder de solicitar cualquier información o documentación creada o conservada por la autoridad de vigilancia del mercado pertinente en virtud del presente Reglamento y de acceder a ella, en un lenguaje accesible y en un formato legible por máquina por medios electrónicos, en caso de que el acceso a dicha información o documentación sea necesario para el cumplimiento efectivo de sus mandatos, dentro de los límites de su jurisdicción. Este artículo se entiende sin perjuicio de las competencias, tareas, poderes e independencia de las autoridades u organismos públicos nacionales pertinentes en el marco de sus mandatos.

[1 bis.](https://ai-act.astrokube.com/es/law/art-77/#p-1-bis) En las condiciones especificadas en el presente artículo, la autoridad de vigilancia del mercado concederá a la autoridad u organismo público pertinente a que se refiere el apartado 1 acceso a esa información o documentación, incluso solicitando dicha información o documentación al proveedor o al responsable del despliegue, cuando sea necesario y sin demora indebida.

[1 ter.](https://ai-act.astrokube.com/es/law/art-77/#p-1-ter) Las autoridades de vigilancia del mercado y las autoridades u organismos públicos a que se refiere el apartado 1 cooperarán estrechamente y se prestarán la asistencia mutua necesaria para el cumplimiento de sus respectivos mandatos, con miras a garantizar una aplicación coherente del presente Reglamento y del Derecho de la Unión en materia de protección de los derechos fundamentales y racionalizar los procedimientos, respetando al mismo tiempo sus respectivas competencias, tareas, poderes e independencia. Esto incluirá, en particular, el intercambio de información cuando sea necesario para ejercer de manera eficaz la supervisión o la garantía del cumplimiento de lo establecido en el presente Reglamento y otra normativa de la Unión pertinente.

[2\.](https://ai-act.astrokube.com/es/law/art-77/#p-2) A más tardar el 2 de noviembre de 2024, cada Estado miembro designará las autoridades u organismos públicos a que se refiere el apartado 1 y los incluirá en una lista que pondrá a disposición del público. Los Estados miembros notificarán dicha lista a la Comisión y a los demás Estados miembros y la mantendrán actualizada.

[3\.](https://ai-act.astrokube.com/es/law/art-77/#p-3) Cuando la documentación mencionada en el apartado 1 no baste para determinar si se ha producido un incumplimiento de las obligaciones previstas en el Derecho de la Unión en materia de protección de los derechos fundamentales, la autoridad u organismo público a que se refiere el apartado 1 podrá presentar una solicitud motivada a la autoridad de vigilancia del mercado para organizar pruebas del sistema de IA de alto riesgo a través de medios técnicos. La autoridad de vigilancia del mercado organizará las pruebas con la estrecha colaboración de la autoridad u organismo público solicitante en un plazo razonable tras la presentación de la solicitud.

[4\.](https://ai-act.astrokube.com/es/law/art-77/#p-4) Cualquier información o documentación obtenidas por las autoridades u organismos públicos nacionales a que se refiere el apartado 1 del presente artículo con arreglo al presente artículo se tratará de conformidad con las obligaciones de confidencialidad dispuestas en el artículo 78.

Este texto es exclusivamente un instrumento de documentación y no surte efecto jurídico. Las instituciones de la UE no asumen responsabilidad alguna por su contenido. Las versiones auténticas de los actos pertinentes, incluidos sus preámbulos, son las publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea, que pueden consultarse a través de EUR-Lex.

**Modificado**

— Reglamento (UE) 2026/1744

Los pasajes marcados con el borde de acento en el texto primario fueron insertados o sustituidos por la modificación.

Ver el texto tal como se adoptó, antes de la modificación

El texto auténtico de 2024 de esta disposición, mostrado para comparar. Ya no enuncia el derecho vigente.

1\. Las autoridades u organismos públicos nacionales encargados de supervisar o hacer respetar las obligaciones contempladas en el Derecho de la Unión en materia de protección de los derechos fundamentales, incluido el derecho a la no discriminación, con respecto al uso de sistemas de IA de alto riesgo mencionados en el anexo III tendrán la facultad de solicitar cualquier documentación creada o conservada con arreglo al presente Reglamento y de acceder a ella, en un lenguaje y formato accesibles, cuando el acceso a dicha documentación sea necesario para el cumplimiento efectivo de sus mandatos, dentro de los límites de su jurisdicción. La autoridad u organismo público pertinente informará sobre cualquier solicitud de este tipo a la autoridad de vigilancia del mercado del Estado miembro que corresponda.

2\. A más tardar el 2 de noviembre de 2024, cada Estado miembro designará las autoridades u organismos públicos a que se refiere el apartado 1 y los incluirá en una lista que pondrá a disposición del público. Los Estados miembros notificarán dicha lista a la Comisión y a los demás Estados miembros y la mantendrán actualizada.

3\. Cuando la documentación mencionada en el apartado 1 no baste para determinar si se ha producido un incumplimiento de las obligaciones previstas en el Derecho de la Unión en materia de protección de los derechos fundamentales, la autoridad u organismo público a que se refiere el apartado 1 podrá presentar una solicitud motivada a la autoridad de vigilancia del mercado para organizar pruebas del sistema de IA de alto riesgo a través de medios técnicos. La autoridad de vigilancia del mercado organizará las pruebas con la estrecha colaboración de la autoridad u organismo público solicitante en un plazo razonable tras la presentación de la solicitud.

4\. Cualquier información o documentación obtenidas por las autoridades u organismos públicos nacionales a que se refiere el apartado 1 del presente artículo con arreglo al presente artículo se tratará de conformidad con las obligaciones de confidencialidad dispuestas en el artículo 78.

## Si prefieres no leer la ley

La página de fundamentos explica las categorías del propio Reglamento en orden: ámbito, rol, nivel, fecha. La vista de ingeniería agrupa las obligaciones por la capacidad de plataforma que exigen.

[Empezar por los fundamentos →](https://ai-act.astrokube.com/es/basics/) [Abrir la vista de ingeniería →](https://ai-act.astrokube.com/es/engineering/)

## Sobre esta disposición

### Estado

En aplicación 2 ago 2026

### Tipo

Artículo · Capítulo IX · Sección 3

### Modificado por

[Reglamento (UE) 2026/1744](https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:02024R1689-20260727)

### Captura citada

regulation-2024-1689/es-2026-08-18.html sha256 0ef11d381226cde8…

[Texto auténtico (EUR-Lex) →](http://data.europa.eu/eli/reg/2024/1689/oj) [Esta versión (EUR-Lex) →](https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:02024R1689-20260727)

### Legible por máquina

[/law/art-77.md](https://ai-act.astrokube.com/es/law/art-77.md) [/api/law.json](https://ai-act.astrokube.com/api/law.json)

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