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publisher: AstroKube
methodology: https://ai-act.astrokube.com/about/
source_verified_on: '2026-09-15'
site_content_updated_on: '2026-09-15'
title: Considerando 133 | Reglamento de IA | AstroKube
description: 'Considerando 133, Reglamento de IA: Una diversidad de sistemas de IA puede generar grandes cantidades de contenidos sintéticos que para las personas cada…'
language: es
source: https://ai-act.astrokube.com/es/law/recital-133/
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3.  Considerando 133

# Considerando 133

Este es un considerando del acto de 2024: contexto interpretativo de los artículos operativos, no derecho operativo en sí.

▼ Texto primario, literal. Nuestras anotaciones aparecen más abajo, visiblemente separadas.

Una diversidad de sistemas de IA puede generar grandes cantidades de contenidos sintéticos que para las personas cada vez es más difícil distinguir del contenido auténtico generado por seres humanos. La amplia disponibilidad y las crecientes capacidades de dichos sistemas tienen importantes repercusiones en la integridad del ecosistema de la información y en la confianza en este, haciendo surgir nuevos riesgos de desinformación y manipulación a escala, fraude, suplantación de identidad y engaño a los consumidores. En vista de estos efectos, el rápido desarrollo tecnológico y la necesidad de nuevos métodos y técnicas para asegurar la trazabilidad del origen de la información, procede exigir a los proveedores de tales sistemas que integren soluciones técnicas que permitan marcar, en un formato legible por máquina, y detectar que el resultado de salida ha sido generado o manipulado por un sistema de IA y no por un ser humano. Dichas técnicas y métodos deben ser lo suficientemente fiables, interoperables, eficaces y sólidos, en la medida en que sea técnicamente viable, teniendo en cuenta las técnicas disponibles o una combinación de dichas técnicas, como marcas de agua, identificación de metadatos, métodos criptográficos para demostrar la procedencia y la autenticidad del contenido, métodos de registro, impresiones dactilares u otras técnicas, según proceda. A la hora de aplicar esta obligación, los proveedores también deben tener en cuenta las especificidades y las limitaciones de los diferentes tipos de contenidos y los avances tecnológicos y del mercado pertinentes en ese ámbito, tal como se refleja en el estado de la técnica generalmente reconocido. Dichas técnicas y métodos pueden implantarse a nivel de sistema de IA o a nivel de modelo de IA, incluidos modelos de IA de uso general que generan contenidos, facilitando así el cumplimiento de esta obligación por parte del proveedor posterior del sistema de IA. Para garantizar la proporcionalidad, conviene prever que esta obligación de marcado no se aplique a los sistemas de IA que desempeñen una función de apoyo a la edición estándar o no alteren sustancialmente los datos de entrada facilitados por el responsable del despliegue o su semántica.

Este texto es exclusivamente un instrumento de documentación y no surte efecto jurídico. Las instituciones de la UE no asumen responsabilidad alguna por su contenido. Las versiones auténticas de los actos pertinentes, incluidos sus preámbulos, son las publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea, que pueden consultarse a través de EUR-Lex.

## Si prefieres no leer la ley

La página de fundamentos explica las categorías del propio Reglamento en orden: ámbito, rol, nivel, fecha. La vista de ingeniería agrupa las obligaciones por la capacidad de plataforma que exigen.

[Empezar por los fundamentos →](https://ai-act.astrokube.com/es/basics/) [Abrir la vista de ingeniería →](https://ai-act.astrokube.com/es/engineering/)

## Sobre esta disposición

### Tipo

Considerando

### Modificado por

Sin modificaciones

### Captura citada

regulation-2024-1689/es-2026-08-18.html sha256 0ef11d381226cde8…

[Texto auténtico (EUR-Lex) →](http://data.europa.eu/eli/reg/2024/1689/oj) [Esta versión (EUR-Lex) →](https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32024R1689)

### Legible por máquina

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