Capítulo III · Sección 5 · Normas, evaluación de la conformidad, certificados, registro

Artículo 42 — Presunción de conformidad con determinados requisitos

⟲ Modificado · Reglamento (UE) 2026/1744

▼ Texto primario, literal. Nuestras anotaciones aparecen más abajo, visiblemente separadas.

1. Se presumirá que los sistemas de IA de alto riesgo que hayan sido entrenados y probados con datos que reflejan el entorno geográfico, conductual, contextual o funcional específico en el que esté previsto su uso cumplen los requisitos pertinentes establecidos en el artículo 10, apartado 4.

2. Se presumirá que los sistemas de IA de alto riesgo que cuenten con un certificado o una declaración de conformidad en virtud de un esquema de ciberseguridad con arreglo al Reglamento (UE) 2019/881 cuyas referencias estén publicadas en el *Diario Oficial de la Unión Europea* cumplen los requisitos de ciberseguridad establecidos en el artículo 15 del presente Reglamento en la medida en que el certificado de ciberseguridad o la declaración de conformidad, o partes de estos, contemplen dichos requisitos.

3. Cuando un sistema de IA de alto riesgo entre en el ámbito de aplicación del Reglamento (UE) 2024/2847 y se cumplan las condiciones establecidas en el artículo 12, apartado 1, de dicho Reglamento, se considerará que dicho sistema cumple los requisitos de ciberseguridad establecidos en el artículo 15 del presente Reglamento.

Este texto es exclusivamente un instrumento de documentación y no surte efecto jurídico. Las instituciones de la UE no asumen responsabilidad alguna por su contenido. Las versiones auténticas de los actos pertinentes, incluidos sus preámbulos, son las publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea, que pueden consultarse a través de EUR-Lex.

Modificado — Reglamento (UE) 2026/1744

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El texto auténtico de 2024 de esta disposición, mostrado para comparar. Ya no enuncia el derecho vigente.

1. Se presumirá que los sistemas de IA de alto riesgo que hayan sido entrenados y probados con datos que reflejan el entorno geográfico, conductual, contextual o funcional específico en el que esté previsto su uso cumplen los requisitos pertinentes establecidos en el artículo 10, apartado 4.

2. Se presumirá que los sistemas de IA de alto riesgo que cuenten con un certificado o una declaración de conformidad en virtud de un esquema de ciberseguridad con arreglo al Reglamento (UE) 2019/881 cuyas referencias estén publicadas en el *Diario Oficial de la Unión Europea* cumplen los requisitos de ciberseguridad establecidos en el artículo 15 del presente Reglamento en la medida en que el certificado de ciberseguridad o la declaración de conformidad, o partes de estos, contemplen dichos requisitos.

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