ARTÍCULO 113, MODIFICADO

Qué se aplica, y cuándo

Cada fecha de esta página proviene de un único conjunto de datos citado, contrastado con el texto consolidado. La modificación de 2026 aplazó los plazos de alto riesgo; las fechas aplazadas muestran desde dónde se movieron.

Hoy ·

  1. En aplicación

    Entrada en vigor

    El reglamento está en vigor. Sus obligaciones empiezan a aplicarse por fases a partir de esta fecha.

    Fuentes UE art. 113 UE art. 113 (modificado) Texto consolidado

  2. En aplicación

    Prácticas prohibidas y alfabetización en IA

    Se aplican los capítulos I y II: las disposiciones generales, las prohibiciones de las prácticas de riesgo inaceptable y el deber de alfabetización en IA.

    Fuentes UE art. 113(a) UE art. 113(a) (modificado) Texto consolidado

  3. En aplicación

    IA de uso general, gobernanza y sanciones

    Se aplican las obligaciones para los proveedores de modelos de IA de uso general, junto con la estructura de gobernanza, las autoridades notificantes y la mayor parte del régimen sancionador.

    Fuentes UE art. 113(b) UE art. 113(b) (modificado) Texto consolidado

  4. En aplicación

    Se aplica la modificación; se aplican los artículos 102 a 110

    Surte efecto el Reglamento (UE) 2026/1744 (el Ómnibus Digital sobre IA), que aplaza los plazos de alto riesgo indicados más abajo. Los artículos 102 a 110 se aplican desde esta fecha.

    Fuentes UE art. 113(d) UE art. 113(d) (modificado) Texto consolidado UE Reglamento (UE) 2026/1744

  5. En aplicación

    Fecha general de aplicación

    Se aplica la mayor parte del reglamento, incluidos los deberes de transparencia del artículo 50. Los requisitos de alto riesgo quedan aplazados (más abajo).

    Fuentes UE art. 113 UE art. 113 (modificado) Texto consolidado

  6. Próximo

    El deber de marcado alcanza a los sistemas generativos anteriores

    Los proveedores de sistemas generativos introducidos en el mercado antes de la fecha general de aplicación deben cumplir el deber de marcado del artículo 50, apartado 2.

    Fuentes UE Reglamento (UE) 2026/1744 UE art. 111(4) (modificado) Texto consolidado

  7. Próximo

    Nuevas prohibiciones: generadores de imágenes íntimas y de material de abuso

    Se aplican las prohibiciones que la modificación añadió al artículo 5: sistemas cuya finalidad prevista es generar imágenes íntimas no consentidas o material de abuso sexual de menores.

    Fuentes UE art. 113(a) UE art. 113(a) (modificado) Texto consolidado UE Reglamento (UE) 2026/1744

  8. Aplazado

    Espacios controlados de pruebas nacionales operativos

    Los Estados miembros deben tener operativo al menos un espacio controlado de pruebas para la IA, un año más tarde de lo previsto inicialmente.

    Aplazado desde 2 ago 2026 por Reglamento (UE) 2026/1744

    Fuentes UE art. 57(1) UE art. 57(1) (modificado) Texto consolidado UE Reglamento (UE) 2026/1744

  9. Aplazado

    IA de alto riesgo independiente (anexo III)

    Se aplican los requisitos para los sistemas de alto riesgo del artículo 6, apartado 2, y el anexo III, en el plazo que la modificación separó de la fecha general.

    Aplazado desde 2 ago 2026 por Reglamento (UE) 2026/1744

    Fuentes UE art. 113(c)(i) UE art. 113(c)(i) (modificado) Texto consolidado UE Reglamento (UE) 2026/1744

  10. Aplazado

    IA de alto riesgo dentro de productos regulados (anexo I)

    El plazo aplazado para los sistemas de alto riesgo que son componentes de seguridad de productos ya cubiertos por la legislación de producto de la UE que enumera el anexo I.

    Aplazado desde 2 ago 2027 por Reglamento (UE) 2026/1744

    Fuentes UE art. 113(c)(ii) UE art. 113(c)(ii) (modificado) Texto consolidado UE Reglamento (UE) 2026/1744

  11. Próximo

    Sistemas de alto riesgo preexistentes usados por autoridades públicas

    Los sistemas de alto riesgo introducidos en el mercado antes de los plazos de alto riesgo y destinados al uso por autoridades públicas deben adecuarse al reglamento.

    Fuentes UE art. 111(2) UE art. 111(2) (modificado) Texto consolidado